El PP sigue gestionando horrorosamente el debate sobre el estatuto andaluz, lo que podía ser una oportunidad para criticar la reforma del estatuto catalán se le está volviendo en contra. Parece que las últimas incorporaciones a la maquinaria popular de comunicación no están mejorando la situación.
Comparemos ambos estatutos.
Cataluña:
El Parlamento de Cataluña, recogiendo el sentimiento y la voluntad de la ciudadanía de Cataluña, ha definido de forma ampliamente mayoritaria a Cataluña como Nación.
Reconoce a Cataluña como sujeto del que emana la soberanía que hasta ahora recaía en el conjunto del pueblo español. Es el
único estatuto que lo hace.
La Constitución española, en su artículo segundo, reconoce la realidad nacional de Cataluña como nacionalidad.
¿Desde cuándo reconoce la constitución que existen dos soberanías: la española y la catalana?
Los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña y se ejercen de acuerdo con lo establecido en el presente Estatuto y la Constitución.
¿Cómo que los poderes del gobierno autonómico no emanan del mismo sujeto soberano que el gobierno central o los ayuntamientos? El pueblo español es el que decide organizarse en autonomías o comunas al constituirse en soberano, es decir, como nación.
Andalucía:
El Manifiesto andalucista de Córdoba describió a Andalucía como realidad nacional en 1919,...
Igual también pudieron describir el cielo como de color verde, ¿y? Si no hubieran tenida tan pocas luces los populares deberían incluir alguna referencia a la Constitución de 1812. ¿Acaso está mal visto recordar los antepasados liberales o son igual de socialistas que los otros pero con un rosario en el bolsillo?
(...), cuyo espíritu los andaluces encauzaron plenamente a través del proceso de autogobierno recogido en nuestra Carta Magna.En 1978 los andaluces dieron un amplio respaldo al consenso constitucional.
Vamos que independientemente de lo que dijeron aquellos pelagatos en 1919, los andaluces apoyaron la actual constitución.
Hoy, la Constitución, en su artículo 2, reconoce a Andalucía como una nacionalidad en el marco de la unidad indisoluble de la Nación española.
Más claro, agua.
Los poderes de la Comunidad Autónoma de Andalucía emanan de la Constitución y del pueblo andaluz, en los términos del presente Estatuto de Autonomía, que es su norma institucional básica.
Sigue con la coletilla del pueblo andaluz pero también aparece la Constitución refrendada por el sujeto soberano, es decir, el pueblo español.
Resumen
El Estatuto no es liberal como tampoco lo es la constitución. Lo podemos criticar por ahí pero no por ser inconstitucional o por afectar a la nación constituida por el pueblo español. Federico Jiménez Losantos es un crack pero
en esto se equivoca totalmente.